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Revocación a uso medicinal de cannabis es violación al derecho a la salud

En respuesta al comunicado emitido el pasado 27 de marzo por COFEPRIS de dar marcha atrás a la normatividad que había emitido la anterior administración federal para permitir la importación y comercialización de productos derivados de la cannabis, revocando los lineamientos en materia de control sanitario publicados el 30 de octubre de 2018, la empresa Endonatura Labs, argumentó que esto una violación al derecho a la salud.

La empresa argumentó que en el año 2015, a través de un amparo surgió en México un movimiento que promueve el uso medicinal de la cannabis en pacientes que lo requieren y gracias a dicho activismo social se logró la modificación a la Ley General de Salud en junio de 2017, para efecto de permitir el uso de la cannabis para fines de investigación científica, médica y de amplios usos INDUSTRIALES (lo cual incluye productos con menos del 1% de THC).

A partir de la publicación de la ley, la Secretaría de Salud contaba con 180 días para publicar el reglamento lo cual no sucedió. Sin embargo, la COFEPRIS y las autoridades a cargo en ese momento dieron a conocer a través de su portal los lineamientos internos que definían los requisitos para solicitar los permisos de importación e investigación correspondientes, en gran parte derivado de la presión por parte de los pacientes para tener acceso a productos regulados.

En noviembre de 2018 la COFEPRIS aprobó la autorización de permisos de importación y comercialización de productos derivados del cannabis, los cuales quedaron en pausa, en el proceso de transición de administraciones.

En respuesta al comunicado, la empresa Endonatura Labs, considera que:

  1. Los lineamientos fueron el primer paso regulatorio para el control de calidad de productos derivados de la cannabis.
  2. Lo más conveniente para los pacientes y el profesional de la salud hubiera sido que al momento de revocar dichos lineamientos se hubiera publicado una regulación alternativa que les diera certeza, ya que esto ha tomado más del tiempo establecido por ley.
  3. Al revocar los lineamientos y sin una nueva reglamentación siguen dejando a los pacientes sin tener acceso a producto regulado, violando su derecho a la salud.
  4. La consecuencia de este vacío lleva al incremento del comercio de producto no regulado en un marco ilícito, que pone en riesgo la salud y la seguridad de los pacientes y el profesional de la salud.
  5. Ninguno de nuestros productos contiene una concentración mayor al 1% de THC, por lo que se evaluaron como productos de amplio uso industrial, de acuerdo con lo establecido en la fracción V del artículo 245 de la Ley General de Salud que a la letra menciona:

Artículo 245. En relación con las medidas de control y vigilancia que deberán adoptar las autoridades sanitarias, las substancias psicotrópicas se clasifican en cinco grupos:

  1. Los productos que contengan derivados de la cannabis en concentraciones del 1% de THC y que tengan amplios usos industriales, podrán comercializarse, exportarse cumpliendo los requisitos establecidos en la regulación sanitaria.
  2. Endonatura Labs ha cumplido con todos los requisitos que emitió la autoridad sanitaria en su momento, por lo que pedimos una contestación a nuestras múltiples peticiones de reunión para aclarar cualquier duda y saber en qué consiste la “revisión” que se está llevando a cabo, según el comunicado.
  3. Nos preocupa la falta de comunicación entre las instancias oficiales involucradas en este tema, así como la falta de información con respecto a una industria INTEGRAL de la cannabis, por lo que estamos abiertos al diálogo y la colaboración para lograr a la brevedad acuerdos que beneficien a nuestro país, con un enfoque de salud pública y de libre desarrollo de la personalidad.

Con todo lo anterior, los invitamos a que conozcan a fondo la empresa Endonatura Labs y quienes la conformamos, ya que impulsamos un mercado legal, regulado, incluyente y de acceso seguro por la salud de los mexicanos.

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