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Publica Agricultura los lineamientos de operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural publicó el Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura, lo que permitirá al Gobierno de México potenciar al sector y fortalecer la seguridad alimentaria.

De acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el programa que opera la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) cuenta con el componente de Apoyo para el Bienestar de Pescadores y Acuicultores (Bienpesca).

La cobertura es nacional y se ejecutará en las entidades donde pescadores y acuicultores realizan su actividad, sobre todo a los que habitan en zonas de atención prioritaria, incluyendo el Istmo de Tehuantepec, así como pueblos indígenas, con el objetivo de superar el rezago social en las comunidades.

El apoyo económico para el Componente Bienpesca será de siete mil 200 pesos por beneficiario y será entregado en una o más ministraciones.

Con la puesta en marcha del Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura, el Gobierno de México activa apoyos a los productores que les permitirán mejorar la productividad, de manera sustentable, de las Unidades Económicas Pesqueras y Acuícolas.

Los criterios y requisitos de elegibilidad se llevarán a cabo en colaboración con la Coordinación General de Programas para el Desarrollo, para identificar a los beneficiarios del programa, los cuales deberán de:

​Estar registrado en el Padrón de Productores de Pesca y Acuacultura, donde podrán actualizar sus datos.

​Ser personas físicas que realicen su actividad al amparo de un título de concesión o permiso de pesca o acuacultura vigente, o se encuentre en trámite cuando corresponda a solicitudes de prórrogas de concesiones y permisos de pesca en aguas de la jurisdicción nacional.

A través de la Coordinación General de Programas para el Desarrollo del Gobierno de México se integrarán los expedientes electrónicos con la documentación y evidencia en formato de imagen, recopilada electrónicamente por los servidores de la nación, con la finalidad de que pescadores y acuicultores acrediten su actividad, para acceder a los beneficios del componente.

La Conapesca verificará y validará los datos de los expedientes electrónicos, de acuerdo con los registros de pescadores y acuicultores con los que cuenta la dependencia.

Posteriormente, se publicará en la página electrónica de la Conapesca la lista de beneficiarios y la fecha de entrega del incentivo.

El apoyo del Componente para el Bienpesca se entregará a los beneficiarios mediante orden de pago de manera directa y sin intermediarios, tarjeta bancaria o cualquier otro medio de pago directo.

Componente de Recursos Genéticos Acuícolas.

Con el objetivo de ofrecer, mediante la investigación, soluciones e innovaciones que eleven la productividad y competitividad del sector acuícola e incentivar el uso de nuevas tecnologías a través de la investigación entre los productores, el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (Inapesca) pondrá en marcha el Componente de Recursos Genéticos Acuícolas.

De acuerdo con lo publicado en el DOF, se apoyará con recursos genéticos acuícolas la producción de ostión, trucha, tilapia y camarón, principalmente, que oscilarán entre 50 mil hasta un millón de unidades (semillas, alevines o postlarvas), de acuerdo a la especie por sembrar.

Podrán tener acceso al programa, los pequeños y medianos productores inscritos en el Registro Nacional Pesquero y Acuícola, o que sean miembros de una Unidad de Producción Acuícola (UPA), con este incentivo podrán continuar brindando productos acuícolas de manera sostenible, con alta calidad y valor nutrimental.

Como parte de los criterios y requisitos de elegibilidad, los solicitantes deberán cumplir con lo siguiente:

I. Estar inscritos en el Registro Nacional de Pesca y Acuacultura (RNPA) o ser miembros de una UPA que cuente con él.

II. En el caso de actividades acuícolas en aguas de jurisdicción federal, validar que se realizan al amparo de un título de concesión, o permiso de pesca o acuacultura vigente.

III. Haber registrado producción, a excepción de Unidades Económicas de reciente creación.

IV. Contar con el Sistema de Exclusión de Fauna Acuática (SEFA), cuando aplique, de acuerdo a la NOM-074-SAG/PESC-2014.

V. Estar al corriente en sus obligaciones ante la Secretaría, de acuerdo a lo dispuesto en estas Reglas de Operación.

VI. Cumplir con las obligaciones fiscales que les correspondan, conforme a la normatividad aplicable.

VII. Presentar un escrito, bajo protesta de decir verdad, en el que manifiesten que cuentan con la infraestructura necesaria en sus domicilios fiscales y/o sedes específicas de operación, que les permita utilizar el apoyo para los fines autorizados.

VIII. No estar incluidos en el «Directorio de personas físicas y/o morales que pierden su derecho de recibir apoyos», a cargo de la Sader.

Para la inscripción al componente se emitirá una convocatoria, que será publicada en la página del Inapesca www.inapesca.gob.mx, describiendo características, requisitos, fechas de apertura y cierre de ventanilla para la recepción de Solicitudes de Apoyo, documentación y proyectos.

Con el Programa de Fomento a la Agricultura, Ganadería, Pesca y Acuacultura, el Gobierno de México contribuye en el desarrollo, amplía las oportunidades de empleo y mejora los ingresos de los productores pesqueros y acuícolas.

Se precisa que los trámites no tienen costo alguno, por lo que, si algún funcionario público o intermediario pretende realizar cualquier tipo de cobro, éste puede ser denunciado ante la Secretaría de la Función Pública, a través de su página de internet https://sidec.funcionpublica.gob.mx/#!/ o en la línea telefónica, con lada sin costo: 800 11 28 700.

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